RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA)

  • Tramitación de alta y baja en el censo de empresario y profesionales ante la Agencia Tributaria.
  • Tramitación de alta, variaciones y baja en el Régimen de Autónomos ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Certificados de corriente de pago de Hacienda y la Seguridad Social.
  • Aportación documentación a los contratistas.
  • Contestación a las órdenes de embargo de créditos.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies